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      Ganancias Simplificadas: quiénes y cómo pueden adherir desde el lunes al nuevo régimen para usar los dólares del colchón

      • ARCA publicó la resolución que habilita la nueva modalidad.
      • Quienes declaren renta del exterior también podrán sumarse.

      Ganancias Simplificadas: quiénes y cómo pueden adherir desde el lunes al nuevo régimen para usar los dólares del colchónA partir del 1 de junio ya se puede adherir al nuevo régimen simplificado de Ganancias.
      Redacción Clarín

      Mientras el Gobierno apura las reuniones con los representantes de las provincias para lograr que adhieran al régimen que permite a los argentinos usar los dólares del colchón sin ser fiscalizados, avanza en la publicación de las normas necesarias para poner en marcha la medida.

      Así, este viernes, ARCA, el ente recaudador, publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5704/2025, que reglamenta el nuevo régimen opcional y simplificado para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas. Quedan pendientes los proyectos para modificar las leyes tributarias que liberen a los contribuyentes que quieran usar esos dólares de ser perseguidos por ARCA en el futuro.

      Juan Pazo, el titular del ARCA, había explicado que una vez terminado el período fiscal y basados en toda la información de las facturas y los gastos deducibles, el sistema de la agencia le presentará al ciudadano cuánto debería pagar. Y esos datos se podrán revisar y editar.

      Además de hacer anónimos los gastos personales, este nuevo régimen mucho más simple y rápido cambia la matriz de fiscalización para poner el foco en la informalidad deliberada y sofisticada y hacerle más fácil el a este nuevo régimen a todos los ciudadanos.

      Sebastián M. Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, explicó los puntos principales de la resolución que permitirá la puesta en marcha de este nuevo régimen:

      ¿Quiénes pueden adherirse al nuevo régimen de Ganancias?

      Las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, contribuyentes del Impuesto a las Ganancias podrán adherirse para el período fiscal 2025 en la medida que:

      • Posean clave fiscal nivel de seguridad 3.
      • No tengan CUIT con estado istrativo limitado por estar incluidos en el art. 9 de la RG (AFIP) 3832.
      • No estén comprendidos en los segmentos 11 o 12 conforme la clasificación que realiza ARCA.

      Una cuestión relevante es que, a pesar de que el Decreto 353/2025 (que impulsó el uso de los dólares del colchón) instruyó a ARCA de establecer este régimen simplificado para contribuyentes que solamente obtengan renta de fuente argentina, la resolución no establece esa condición.

      Los contribuyentes que declaran renta de fuente extranjera y cumplan las condiciones mencionadas precedentemente podrían también adherirse.

      No obstante, debería modificarse el Decreto 353/2025 y contemplarlo expresamente para que no existan cuestionamientos a la norma reglamentaria, dice Domínguez.

      ¿Cuáles son los criterios utilizados para la segmentación y dónde se consulta la misma?

      ARCA clasifica a los contribuyentes en función de la significación fiscal a nivel país y/o regional en segmentos. Los criterios surgen de definiciones internas que no están publicados. Los contribuyentes más relevantes son los que quedan clasificados como 11 o 12.

      ¿Qué información dejará de incluirse en las declaraciones juradas simplificadas?

      Las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias se presentarán a través del Servicio “Sistema Registral/Ganancias PH Simplificada” y en las mismas no deberá declararse el patrimonio al inicio ni el patrimonio al cierre del año fiscal.

      Indirectamente, esto también elimina el cálculo del monto consumido que se se deriva del cruce patrimonial y es el dinero utilizado para vivir durante el año.

      ¿A partir de cuándo se podrá realizar la opción?

      El trámite de opción se podrá realizar a partir del 1 de junio de 2025 y hasta el día previo al primer vencimiento general de la declaración jurada de Ganancias en junio de 2026.

      Una vez realizada la opción, el contribuyente quedará caracterizado en el Sistema Registral de ARCA con el código “618-Ganancias PH Simplificada”

      ¿Se puede desistir de la opción?

      Si, en cualquier momento, antes de la presentación de la declaración jurada los contribuyentes van a poder desistir de la opción de adhesión a la declaración simplificada del impuesto a las ganancias.

      ¿La opción es solamente para 2025 o de aquí en adelante?

      El Decreto 353/2025 instruye a ARCA para que establezca este régimen simplificado en diferentes etapas y de manera gradual, para los períodos fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2025.

      La Resolución General 5704, por ahora, lo establece solamente para el Período Fiscal 2025.

      ¿Cuáles son los requisitos, formalidades y condiciones para la confección de la Declaración Jurada?

      Los requisitos, formalidades y condiciones para confeccionar la Declaración Jurada aún no están definidos. La Resolución establece que serán publicados en el micrositio “Ganancias y Bienes Personales” de la web de ARCA.

      ¿Qué cambia a partir de ahora y qué falta para usar los dólares del colchón?

      Por ahora, las normas dictadas implican que ARCA deje de recibir información de operaciones comerciales y patrimoniales, consumos personales, entre otras, pero mantiene las facultades de verificación, fiscalización y determinación de tributos sin cambios. Asimismo, los funcionarios públicos continúan obligados a formular las denuncias penales correspondientes ante la detección de hechos que encuadren en el régimen penal tributario, la ley penal cambiaria u otras figuras delictivas aplicables. Por eso, la resolución no alcanzan para liberar de impuestos, intereses, sanciones y posible persecución penal a quienes utilicen dinero no declarado y sean detectados por ARCA. Para eso se requiere de modificaciones legales que aún están en una etapa de preparación y no se han dado a conocer.

      NE